Artículo 96

Definición

Además de lo señalado en el Artículo 95 de la presente Ley, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo y de los municipios, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información.

II. Presupuesto de egresos
III. Fechas de pago y recepción de participaciones y aportaciones
VI. Relación de constancias, certificados, permisos, licencias, autorizaciones, registros de manifestaciones y dictámenes de obra
VIII. Información de planes y programas en materia de desarrollo urbano
IX. Disposiciones Administrativas
X. Ejecución de obra pública
XI. Formato B información de glosa